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Para el cuidado de sus hijos tiene Ud. dos posibilidades:
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Ud. puede acoger una Aupair, proveniente del extranjero, que
viva con Ud. y participe en todas las actividades de su familia
y perciba simplemente una propina, pero no salario. Si se trata
de Europa, su actividad está sujeta al "Tratado Europeo
sobre Au-Pair" aprobado por el Consejo Europeo. Prácticamente,
todos los concernidos se rigen por él, aunque algunos países
no lo hayan ratificado aún. Conforme a ese Tratado, las
Aupairs obtienen oportunidad, por ejemplo, de participar en un
curso de idioma. Muchos países de la UE conceden facilidades
a las muchachas de países extranjeros para obtener visa
y permiso de trabajo. Y eso bajo la premisa de que tiene un intercambio
cultural y el aprendizaje del idioma del país anfitrión.
Ud. toma una niñera o una educadora. Frecuentemente,
ésta no vive en su casa, sino en una vivienda y es mayormente
del propio país. Su trabajo en el hogar se limita a tareas
relacionadas con el cuidado de sus hijos. Esa actividad está
sujeta a las correspondientes disposiciones generales laborales
y sociales de su país, como es el caso de una ama de caso,
por ejemplo.
Si es extranjera es necesario tener en cuenta las correspondientes
prescripciones legales sobre visa y de trabajo. Las niñeras
("nannies", como se les llama a esas educadoras en los
países anglosajones) son allí muy conocidas y son
gestionadas por agencias en el extranjero.
Una niñera con formación calificada en una profesión
pedagógica o asistencial (p. ej., cuidadora para jardín
de infancia -Kindergarten-, trabajadora social, educadora, asistenta,
enfermera infantil, cuidadora infantil, etc.) y cuenta ya frecuentemente
con experiencia profesional y tiene correspondientemente una mejor
remuneración.
Buscamos una
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